CONDICIONES TÉCNICAS MÍNIMAS Y DE SEGURIDAD DIGITAL WEB
ANEXO 3. CONDICIONES TÉCNICAS MÍNIMAS Y DE SEGURIDAD DIGITAL WEB.
a. ¿La entidad ha implementado una política de seguridad digital y de seguridad de la información, de conformidad con el artículo 6 y el Anexo 3 de la Resolución MinTIC 1519 de 2020?
VER POLÍTICA DE SEGURIDAD DIGITAL Y DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN.
b. ¿La entidad ha adoptado el Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información (MSPI), recomendado por la Dirección de Gobierno Digital del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones?
VER MODULO DE SEGURIDAD Y PRIVACIDAD DE LA INFORMACIÓN.

